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Reguladora

Calculadora de incapacidad permanente

Elaborado por Estela Martínez (no es jurista) Cifras del BOE consolidado a Comprobado por última vez: Cómo se comprueba

Para qué sirve
Te dice cuánto vas a cobrar de pensión por incapacidad permanente, y antes si tienes derecho a ella.
Para quién es
Para quien ya tiene la resolución del INSS y quiere comprobar la cifra, y para quien está en trámite y quiere hacerse una idea.
Qué necesitas
Tu fecha de nacimiento y los años cotizados. Los tienes en tu informe de vida laboral. Si no lo tienes a mano, sirve una estimación.
Cuánto tarda
Menos de un minuto. Son dos pasos y siete casillas.

Hace las cosas en el orden en que las hace la ley: primero el derecho (artículo 195), después el importe. Cada paso del resultado enlaza al artículo del BOE del que sale, y los cálculos ocurren en tu navegador: no se envía ni se guarda ningún dato tuyo.

Paso 1 — ¿Tienes derecho?

Período de carencia

Si en tu resolución lees «período de carencia», es esto: los años o días que hay que tener cotizados para tener derecho a la prestación.

Estimación informativa elaborada con los datos vigentes de 2026 y las fórmulas literales del BOE. La cuantía real la fija la resolución del INSS sobre tu vida laboral completa.

Y después de la cifra, ¿qué?

Fuentes

Texto del BOE consolidado a: · Comprobado por última vez:

Fuente principal: texto consolidado de la LGSS (BOE)

Información elaborada a partir de fuentes oficiales. No sustituye al asesoramiento jurídico: para tu caso concreto, con tu vida laboral y tu resolución delante, consulta con un profesional o pide cita en el INSS. Si detectas un dato desactualizado o un error, escríbenos: se corrige y se anota la fecha del cambio.