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Reguladora

Guía y calculadora

Incapacidad permanente: cuánto se cobra y qué plazos tienes

Si el INSS te ha reconocido una incapacidad permanente —o estás en ello— aquí calculas tu pensión y ves los plazos que corren. Cada importe lleva al lado su norma, su artículo y su fecha, para que puedas comprobarlo tú o llevárselo a quien te asesore.

Cada cifra sale del texto consolidado del BOE, y te enseña de dónde.

Lo que paga cada grado de incapacidad

Sobre tu base reguladora, que no es tu último sueldo. Importes brutos.

55 %

de tu base reguladora — TOTAL: no puedes seguir en tu profesión, sí en otra

Orden de 15-04-1969, art. 15.2

100 %

de tu base reguladora — ABSOLUTA: no puedes ejercer ninguna profesión

Orden de 15-04-1969, art. 17

100 % + complemento

GRAN INCAPACIDAD — la absoluta más un complemento para quien te atiende

El complemento es el 45 % de la base mínima de cotización más el 30 % de tu última base de cotización.

LGSS, art. 196.4

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mensualidades de pago único — PARCIAL. Es la única que no da pensión

Decreto 1646/1972, art. noveno

La absoluta y la gran incapacidad están exentas de IRPF; la total y la parcial tributan (Ley 35/2006, art. 7.f). Ver los cuatro grados de incapacidad →

Por qué puedes fiarte de estas cifras

Ningún dato de esta web se escribe de memoria ni se copia de otra página: se extrae por programa del texto consolidado del BOE y se publica con su norma, su artículo y su fecha al lado. Lo que no se puede comprobar en la fuente se marca como pendiente y no se usa.

Cómo se verifica cada dato →

  • 75 cifras verificadas contra el BOE
  • 11 normas citadas, con enlace al texto consolidado
  • Sin cookies, sin analítica y sin enviar tus datos a ningún sitio